Como padre de un niño con una discapacidad, usted tiene ciertos derechos que están garantizados por el estado (artículo 51) y las leyes federales de (individuos con Disabilities Education Act {IDEA de}). Las garantías procesales, o derechos, se enumeran a continuación:

Una copia del aviso de salvaguardias procesales debe proporcionarse a los padres de uno 1 vez al año de la escuela.

También debe proporcionarse una copia:

  1. A petición de los padres;
  2. Referencia inicial o paternal solicitud de evaluación;
  3. En la primera aparición de la presentación de una queja ante el estado y la primera aparición de presentar una educación especial por la queja de proceso; y
  4. Conformidad con los procedimientos de disciplina

Los padres pueden optar por recibir notificaciones por correo electrónico si el distrito escolar pone a disposición de esa opción.

Un distrito escolar puede colocar una copia del aviso de salvaguardias procesales en un sitio de Internet.

Previo aviso por escrito

Los padres tienen el derecho a recibir una notificación por escrito dentro de un período razonable de tiempo: antes de que el distrito propone o se niega a iniciar o cambiar la identificación, evaluación o colocación educacional de un niño o de la prestación de una educación pública apropiada gratuita (FAPE). Si los padres revocación el consentimiento para educación especial y servicios relacionados, los padres recibirán notificación por escrito con respecto a los cambios en servicios y colocación educacional de su hijo.

Para obtener más información, visite el Departamento de Educación de Nebraska - información para padres.

Entender Derechos de la Familia en Nebraska Red de Desarrollo Temprano
Por favor ver este video educativo sobre derechos de los padres:
(View in English)